Cuatro de los procedimientos que la Corte Suprema mantenía pendientes contra integrantes del Poder Judicial investigados por viajar al extranjero mientras hacían uso de licencias médicas quedaron nuevamente habilitados para avanzar.
La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisibles los requerimientos presentados por los magistrados Erna Fuentes, Eduardo Fritz, Juan Manuel Gatica y Macarena Bobadilla, quienes habían conseguido suspender temporalmente sus respectivos cuadernos de remoción mientras se resolvían sus acciones constitucionales, según informó La Tercera.
Las resoluciones, fechadas el 14 de septiembre, permiten que la Corte Suprema retome ahora el análisis de esos cuatro expedientes.
Eso no significa, sin embargo, que los magistrados hayan sido removidos ni que el Tribunal Constitucional haya determinado que corresponde apartarlos del Poder Judicial. El efecto inmediato es procesal: desaparece la suspensión que impedía al máximo tribunal continuar con sus causas y serán los ministros de la Suprema quienes deberán escuchar las defensas y posteriormente votar una eventual remoción.
La decisión agrega así un nuevo capítulo al proceso que la semana pasada terminó con 11 integrantes del Poder Judicial removidos y otros 26 que permanecerán en sus cargos, después de que la Suprema analizara individualmente 37 expedientes vinculados con viajes al extranjero durante períodos de licencia médica.
Como informó El Carrerino el pasado 11 de septiembre, otros procedimientos habían quedado fuera de esa revisión precisamente por encontrarse suspendidos ante el Tribunal Constitucional.
El cuestionamiento ante el TC
Los cuatro magistrados habían recurrido al Tribunal Constitucional cuestionando disposiciones contenidas en el Auto Acordado 108-2020 de la Corte Suprema, particularmente el artículo 41, utilizado como parte de la regulación de procedimientos internos dentro del Poder Judicial.
Durante la etapa de admisibilidad, el TC debía determinar, entre otros aspectos, si las presentaciones explicaban con suficiente precisión de qué manera las disposiciones impugnadas podían afectar los derechos fundamentales de los requirentes.
Por mayoría, la Segunda Sala concluyó que los recursos no cumplían con ese estándar.
De acuerdo con los antecedentes consignados por La Tercera, la decisión fue adoptada con los votos de las ministras María Pía Silva y Marcela Peredo, junto con el ministro Raúl Mera. En sentido contrario estuvieron la ministra Catalina Lagos y el ministro Mario Gómez, quienes eran partidarios de declarar admisibles las presentaciones.
Entre sus argumentos, la mayoría sostuvo que las disposiciones cuestionadas desarrollan atribuciones que encuentran fundamento directamente en la Constitución.
El punto es especialmente relevante porque la Corte Suprema ya había señalado durante este proceso que sus eventuales decisiones de remoción no dependen únicamente del auto acordado impugnado por las defensas.
El artículo 80 de la Constitución establece que los jueces permanecen en sus cargos mientras mantengan buen comportamiento y faculta a la Corte Suprema para acordar su remoción cuando corresponda, previo informe del involucrado y de la Corte de Apelaciones respectiva.
Fue precisamente esa facultad constitucional la que estuvo en el centro de las votaciones realizadas por la Suprema durante la semana pasada.
De once procedimientos suspendidos a siete casos pendientes
La resolución también modifica el panorama que había quedado abierto después de las primeras votaciones de la Corte Suprema.
El pasado 11 de septiembre, El Carrerino informó que el máximo tribunal había logrado resolver 37 de los procedimientos sometidos a revisión: 11 terminaron con una decisión de remoción y otros 26 con la permanencia de los involucrados. En ese momento, 11 expedientes permanecían suspendidos por decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional.
Con las cuatro inadmisibilidades conocidas ahora, la Suprema podrá retomar los expedientes de Fuentes, Fritz, Gatica y Bobadilla.
De esta manera, permanecen siete jueces cuyos casos siguen pendientes de una definición que permita a la Suprema deliberar sobre su futuro: Daniel Urrutia, María Verónica Arancibia, Jorge Saavedra, María José Salas, Óscar Pacheco, Carlos Jeria y Katrina Chahin, de acuerdo con La Tercera.
Las magistradas Lía Chepe y Kathyuzka Drpic se encuentran en una situación distinta. Aunque el TC también ordenó suspender sus cuadernos, esa determinación fue comunicada después de que el pleno de la Corte Suprema ya hubiese votado y rechazado sus respectivas remociones.
Entre los procedimientos todavía pendientes, el de Jorge Saavedra presenta uno de los mayores avances ante el Tribunal Constitucional. Su requerimiento logró superar previamente la etapa de admisibilidad y el pleno del organismo ya escuchó los alegatos correspondientes, por lo que resta conocer su decisión sobre el fondo, según detalla el mismo medio.
La remoción no es automática
El regreso de estos cuatro casos a la Corte Suprema tampoco permite anticipar cuál será su resultado.
Las votaciones conocidas hasta ahora mostraron que el máximo tribunal no aplicó una consecuencia automática a todos quienes registraron viajes al extranjero durante períodos de licencia médica.
De los 37 expedientes efectivamente revisados la semana pasada, 11 alcanzaron el quórum necesario para acordar una remoción y 26 terminaron con los integrantes del Poder Judicial permaneciendo en sus cargos, tal como informó El Carrerino. En algunos casos una mayoría estuvo por rechazar directamente la salida; en otros hubo ministros favorables a remover, pero no se alcanzaron los votos constitucionalmente exigidos, mientras que cuatro votaciones terminaron empatadas.
Los cuatro expedientes destrabados por el Tribunal Constitucional deberán atravesar ahora ese mismo análisis individual.
La Suprema tendrá que escuchar los alegatos correspondientes, revisar los antecedentes de cada magistrado y posteriormente determinar si las circunstancias de cada caso justifican aplicar la facultad de remoción establecida en la Constitución.
Por ahora, la resolución del TC no cierra esos procedimientos. Hace exactamente lo contrario: permite que vuelvan a ponerse en marcha.
Foto: Julia Sumangil / Wikimedia Commons – CC BY-SA 4.0