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Suprema remueve a 11 jueces por viajes con licencia médica: otros 26 permanecerán en el Poder Judicial

El máximo tribunal cerró la primera etapa de uno de los mayores procesos de remoción de magistrados de los últimos años. De los 37 expedientes que alcanzó a resolver, 11 terminaron con la salida de sus integrantes, mientras que en otros siete no se reunió el quórum constitucional requerido y cuatro finalizaron empatados. Otros 11 procedimientos permanecen suspendidos por decisiones del Tribunal Constitucional.

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El Carrerino El Carrerino · 11 de Septiembre de 2026 · 8 min de lectura · 420 visitas
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Suprema remueve a 11 jueces por viajes con licencia médica: otros 26 permanecerán en el Poder Judicial Foto: Corsario CL / Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0)

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La Corte Suprema resolvió remover a 11 integrantes del Poder Judicial investigados por haber viajado al extranjero mientras se encontraban haciendo uso de licencias médicas, cerrando así la primera fase de un proceso institucional que comenzó después de conocerse los cruces de información realizados por la Contraloría General de la República.

La decisión fue comunicada este viernes por la presidenta del máximo tribunal, Gloria Ana Chevesich, después de una semana de alegatos, deliberaciones y votaciones individualizadas.

De un universo de 58 cuadernos de remoción, la Suprema pudo pronunciarse finalmente sobre 37. En 11 expedientes, el Tribunal Constitucional ordenó suspender el procedimiento, mientras que en otros diez el pleno determinó que no correspondía entrar a analizar una eventual remoción.

De los 37 casos efectivamente examinados, 11 terminaron con una decisión de remoción y 26 con la permanencia de los magistrados en sus cargos.

La cifra muestra una respuesta severa frente a parte de los casos, pero también evidencia que viajar fuera del país durante una licencia médica no produjo automáticamente la expulsión de todos quienes fueron investigados.

La Corte aplicó en este proceso la facultad contemplada en el artículo 80 de la Constitución, que permite al máximo tribunal remover a un juez cuando estime que no ha tenido buen comportamiento.

Para adoptar esa medida se requiere la mayoría absoluta de los integrantes de la Corte Suprema. Aunque actualmente existen 18 ministros en ejercicio de los 21 cargos que contempla su composición, el quórum necesario continúa siendo de 11 votos.

Esa exigencia terminó siendo decisiva.

Entre los 26 casos en que no se acordó la salida, en 15 la mayoría del pleno estimó que no correspondía remover al involucrado. En otros siete existieron votos favorables a la remoción, pero no se consiguió llegar a los 11 exigidos constitucionalmente. Cuatro casos adicionales terminaron empatados.

El resultado refleja las diferencias que existieron dentro del propio máximo tribunal respecto de la gravedad, circunstancias y antecedentes particulares de cada expediente.

Chevesich explicó que la apertura de los procedimientos se había decidido originalmente con la información disponible en ese momento, pero que posteriormente fue necesario conocer las defensas y antecedentes individuales de cada persona involucrada.

Durante la revisión se incorporaron informes, hojas de vida y antecedentes aportados por los propios magistrados antes de que el pleno adoptara una decisión definitiva.

Los once afectados no abandonan formalmente sus cargos en el mismo instante en que se anuncia el acuerdo.

La Suprema dispuso su suspensión inmediata, mientras se redactan los respectivos fallos. La remoción se materializará jurídicamente una vez que esas resoluciones sean entregadas y notificadas.

El procedimiento utilizado tampoco corresponde exactamente a una sanción disciplinaria ordinaria.

La propia presidenta del máximo tribunal ha explicado durante este proceso que la facultad constitucional de remoción tiene un carácter preventivo y busca determinar si el comportamiento de un juez afecta su idoneidad para continuar desempeñando funciones.

El objetivo, según Chevesich, es resguardar la confianza pública y la integridad institucional de la judicatura, más allá de las sanciones que eventualmente puedan corresponder por otras vías.

El caso judicial se inserta dentro de una controversia mucho mayor que comenzó a alcanzar distintas áreas del Estado durante 2025.

Un cruce masivo de bases de datos realizado por la Contraloría General de la República detectó que 25.078 funcionarios públicos o trabajadores de entidades financiadas con recursos estatales habrían viajado fuera de Chile durante períodos en los que se encontraban bajo licencia médica.

Los registros estaban asociados a 35.585 licencias y formaron parte de una investigación más amplia sobre el eventual incumplimiento de los períodos de reposo prescritos.

La información tuvo posteriormente consecuencias en municipalidades, ministerios, servicios públicos y otras instituciones.

El Poder Judicial abrió su propia revisión.

En junio, la Corte Suprema examinó 104 investigaciones disciplinarias correspondientes a jueces, ministros, relatores y otros integrantes del escalafón primario. A partir de esos antecedentes decidió avanzar con procedimientos destinados a determinar si algunos de ellos mantenían la idoneidad necesaria para continuar ejerciendo funciones judiciales.

En septiembre, el proceso había alcanzado los 58 cuadernos de remoción que fueron llevados ante el pleno.

Uno de los elementos que terminaron marcando las deliberaciones fue que los casos presentaban circunstancias diferentes.

No todos quienes viajaron ocupaban necesariamente la misma posición dentro del Poder Judicial cuando ocurrieron los hechos y las defensas plantearon distintos antecedentes médicos, laborales y jurídicos.

Durante las deliberaciones también surgieron diferencias respecto del alcance que podía tener la facultad constitucional sobre personas que, al momento de determinados viajes, ejercían como relatores u ocupaban otros cargos y todavía no eran jueces titulares.

El resultado final —11 remociones frente a 26 permanencias entre los expedientes resueltos— muestra precisamente que la Suprema optó por evaluar individualmente cada situación, en lugar de imponer una consecuencia idéntica a todos los investigados.

Esto no elimina la gravedad institucional atribuida a los casos donde sí se acordó la salida.

La propia apertura de los procedimientos se sustentó en la idea de que determinadas conductas pueden afectar la confianza que la ciudadanía deposita en quienes tienen la función de administrar justicia.

Pero también obligó al tribunal a ponderar el principio de probidad junto con las circunstancias particulares y el derecho de los involucrados a presentar sus defensas.

El proceso tampoco está completamente terminado.

El Tribunal Constitucional ordenó suspender 11 procedimientos mientras analiza requerimientos presentados por las respectivas defensas. Esos expedientes no fueron resueltos por la Corte Suprema y deberán permanecer pendientes hasta que su situación procesal permita retomar el análisis.

Uno de los casos más conocidos es el del juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Daniel Urrutia, quien recurrió al TC cuestionando disposiciones del Auto Acordado 108-2020 que regula investigaciones disciplinarias dentro del Poder Judicial.

Después de que una primera presentación no fuera admitida, Urrutia presentó un nuevo requerimiento. La Primera Sala del Tribunal Constitucional resolvió tramitarlo y ordenó suspender temporalmente su procedimiento de remoción.

La suspensión no implica que el TC haya determinado que el magistrado debe permanecer en su cargo ni que haya acogido el fondo de sus argumentos. Por ahora significa únicamente que la Suprema no puede continuar ese procedimiento mientras se desarrolla la discusión constitucional.

Chevesich buscó además marcar una diferencia jurídica entre ambas controversias.

Según explicó, para las decisiones adoptadas esta semana el pleno no aplicó los artículos 40 y 41 del Auto Acordado 108-2020 que algunas defensas están impugnando, sino directamente la facultad contenida en el artículo 80 de la Constitución.

Los casos suspendidos, aseguró, serán examinados cuando su situación procesal lo permita.

El episodio abrió además otro frente dentro del máximo tribunal.

Chevesich informó que la Corte ordenó iniciar una investigación sumaria disciplinaria por las filtraciones de información ocurridas durante las deliberaciones, después de que medios de comunicación conocieran resultados parciales de votaciones antes de la comunicación oficial.

Durante el jueves ya había trascendido que tres magistrados habrían alcanzado el quórum necesario para ser removidos. Este viernes se añadieron otras ocho decisiones, llevando el total definitivo de esta etapa a once.

La reserva de los procedimientos había sido defendida por el tribunal precisamente para permitir que los involucrados fueran notificados antes de que se hicieran públicas las determinaciones.

La resolución deja una señal institucional relevante después de meses en que el uso de licencias médicas por parte de funcionarios públicos ha estado bajo cuestionamiento.

Por una parte, 11 integrantes de la judicatura terminarán fuera del Poder Judicial después de que el máximo tribunal concluyera que sus antecedentes justificaban aplicar una de las decisiones más severas que permite la Constitución.

Por otra, una mayoría de los expedientes efectivamente resueltos no terminó en remoción.

Eso obliga a evitar dos conclusiones igualmente simplificadoras: que viajar durante una licencia médica carece de consecuencias para quienes administran justicia, o que todos los casos pueden considerarse equivalentes sin revisar sus circunstancias.

La credibilidad del Poder Judicial depende de que sus integrantes estén sometidos a estándares especialmente exigentes de probidad, conducta e integridad, considerando la función que cumplen frente al resto de la ciudadanía. Pero esa exigencia convive con otra obligación propia de un Estado de Derecho: resolver individualmente las responsabilidades y respetar las garantías de cada procedimiento.

La primera etapa termina con 11 remociones, 26 permanencias y otros 11 expedientes todavía suspendidos por el Tribunal Constitucional.

Por eso, aunque la decisión de este viernes constituye el mayor desenlace hasta ahora del caso de los denominados “jueces viajeros”, el capítulo institucional abierto por las licencias médicas todavía no está completamente cerrado.

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