Política

Ley Escuelas Protegidas es publicada: colegios podrán incorporar revisión de mochilas bajo protocolos

La Ley 21.827 habilita a los establecimientos para revisar pertenencias de estudiantes bajo condiciones específicas, pero prohíbe hacerlo por la fuerza o efectuar registros corporales. José Antonio Kast defendió la medida durante una actividad en Independencia, mientras la normativa entra en vigencia tras haber sido modificada por el Tribunal Constitucional.

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El Carrerino El Carrerino · 12 de Agosto de 2026 · 5 min de lectura · 158 visitas
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Ley Escuelas Protegidas es publicada: colegios podrán incorporar revisión de mochilas bajo protocolos Foto: Prensa Presidencia.

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La Ley 21.827, conocida como Escuelas Protegidas, fue publicada este miércoles 12 de agosto en el Diario Oficial, incorporando nuevas herramientas para enfrentar hechos de violencia dentro de establecimientos educacionales, entre ellas la posibilidad de revisar mochilas y otras pertenencias de estudiantes bajo protocolos definidos y con límites expresamente establecidos.

El Presidente José Antonio Kast encabezó durante la mañana una actividad en la Escuela Nueva Zelandia, en Independencia, para destacar la entrada en vigencia de la normativa. Aunque distintos medios se refirieron al acto como una promulgación, el texto publicado en el Diario Oficial establece que la ley fue promulgada formalmente el 9 de julio y publicada este miércoles 12 de agosto.

Durante el encuentro, Kast defendió uno de los puntos que más discusión generó durante la tramitación: la revisión de pertenencias. Según recogió CNN Chile, el mandatario comparó la medida con los controles de seguridad existentes en los aeropuertos y afirmó que “el que nada hace, nada teme”.

Frente a los alumnos presentes, también señaló que las escuelas tienen reglas que deben respetarse y planteó que los estudiantes no deberían tener inconvenientes en mostrar sus pertenencias a una persona de confianza cuando así lo establezca el reglamento. “Estas reglas hay que cumplirlas”, sostuvo, de acuerdo con La Tercera.

Foto: Prensa Presidencia.

Cómo podrán revisarse las mochilas

La nueva legislación no establece una revisión automática ni obligatoria para todos los establecimientos. Los sostenedores podrán incorporar la medida en sus reglamentos internos con el objetivo de impedir el ingreso, porte o posesión de objetos que puedan ser utilizados para agredir a otras personas, dañar infraestructura o representar un peligro para la comunidad educativa.

El procedimiento deberá ser realizado por personal expresamente autorizado y capacitado. Además, deberá evitar cualquier contacto físico o exposición innecesaria y efectuarse en espacios previamente designados. La ley prohíbe expresamente exigir que un estudiante se desnude y realizar revisiones corporales o de la vestimenta que lleve puesta.

En casos excepcionales podrá realizarse una revisión individual en un lugar privado, pero tendrá que desarrollarse ante al menos dos adultos del establecimiento, uno de ellos integrante del equipo de convivencia escolar. También deberá quedar un registro escrito con los motivos de la medida, las personas presentes y los objetos encontrados, cuya copia deberá entregarse al estudiante y a su apoderado.

Los colegios podrán solicitar además que el alumno muestre o vacíe sus bolsillos, siempre sin contacto físico.

La normativa establece un límite central: el personal del establecimiento no podrá efectuar una revisión de manera forzosa. Si el estudiante se niega, deberán contactar inmediatamente a sus padres o apoderados y mantenerlo acompañado en un espacio distinto de la sala de clases mientras se resuelve la situación.

Si el apoderado concurre y el alumno mantiene su negativa, deberá retirar las pertenencias del establecimiento. El sostenedor tendrá que dejar constancia e informar del caso a la Oficina Local de la Niñez correspondiente.

La ley establece además resguardos particulares para estudiantes con discapacidad, necesidades educativas especiales, autismo, condiciones de neurodivergencia o sensibilidades sensoriales acreditadas, quienes deberán contar con acompañamiento profesional durante todo el procedimiento y con los ajustes que sean necesarios.

En términos generales, la normativa rige desde su publicación en el Diario Oficial. Sin embargo, aquellas medidas que requieran modificar los reglamentos internos, como la revisión de pertenencias, solo podrán aplicarse una vez que esos cambios hayan sido incorporados y comunicados a la comunidad escolar.

Foto: Prensa Presidencia.

Las normas que quedaron fuera tras el fallo del TC

La legislación que comenzó a regir no es idéntica al proyecto que había sido despachado originalmente por el Congreso.

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales cuatro disposiciones después de requerimientos presentados por parlamentarios de oposición. Entre ellas se encontraba la facultad de permitir intervenciones policiales para revisar pertenencias y vestimentas de estudiantes sin orden de un fiscal, medida que finalmente no forma parte de la Ley 21.827 publicada.

Según informó el Senado, también fueron eliminadas disposiciones relacionadas con vestimentas que hicieran apología a la violencia, determinadas sanciones por interrupciones de clases y la pérdida de gratuidad universitaria para personas condenadas por hechos de violencia. El TC mantuvo, en cambio, el mecanismo de revisión de mochilas bajo las condiciones establecidas para los establecimientos educacionales.

La ley contempla además otras modificaciones. Los docentes podrán aplicar medidas pedagógicas, preventivas, correctivas y disciplinarias inmediatas para resguardar el desarrollo de las clases, bajo criterios de proporcionalidad y pertinencia pedagógica. Los padres y apoderados también deberán comparecer a citaciones formales relacionadas con procesos disciplinarios o episodios de violencia, ya sea presencialmente o mediante mecanismos telemáticos.

Los reglamentos internos deberán prohibir además vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial, salvo cuando existan razones de salud, religiosas u otras debidamente justificadas. También podrán establecer procedimientos para suspender temporalmente el ingreso de apoderados que agredan física, verbal o digitalmente a funcionarios o estudiantes.

Asimismo, una persona adulta condenada mediante sentencia firme por delitos cometidos contra un profesor o asistente de la educación en ejercicio de sus funciones quedará impedida de celebrar contratos con el Estado durante tres años.

El Gobierno ha defendido la legislación como una respuesta al deterioro de la convivencia escolar. De acuerdo con antecedentes difundidos este miércoles por el Ministerio de Educación, las denuncias por maltrato hacia adultos de establecimientos presentadas ante la Superintendencia de Educación aumentaron un 58% entre 2023 y 2025, pasando de 441 a 695 casos.

La ministra de Educación, María Paz Arzola, señaló que la Superintendencia entregará orientaciones sobre la aplicación de las nuevas herramientas y sostuvo que la ley busca respaldar a profesores y equipos escolares para actuar antes de que los conflictos escalen.

La publicación de Escuelas Protegidas abre ahora la etapa de implementación en los establecimientos que decidan incorporar la revisión de pertenencias, los que deberán adaptar previamente sus reglamentos y ajustarse a los resguardos establecidos por la nueva legislación.

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