El Tribunal Constitucional no admitió a trámite el requerimiento presentado por el juez Daniel Urrutia para impugnar normas aplicadas en el procedimiento que puede terminar con su remoción del Poder Judicial, dejando su situación nuevamente en manos de la Corte Suprema.
La resolución fue adoptada por unanimidad por la Primera Sala del TC, integrada por Nancy Yáñez, Miguel Ángel Fernández, Héctor Mery y Alejandra Precht. El tribunal cuestionó que la presentación del magistrado se refiriera en términos generales a decisiones adoptadas por la Suprema sin detallar suficientemente los hechos específicos de la investigación que lo afecta ni acompañar una resolución que diera cuenta de su resultado.
La determinación no implica que el TC se haya pronunciado sobre si Urrutia debe continuar o no en su cargo ni establece responsabilidad disciplinaria en su contra. Su efecto inmediato es más acotado: el requerimiento no superó la primera etapa de tramitación y, por esa vía, no logró suspender el procedimiento que deberá revisar la Corte Suprema.
El máximo tribunal comenzará este miércoles 2 de septiembre la revisión de los cuadernos de remoción abiertos a magistrados investigados por haber salido del país mientras se encontraban haciendo uso de licencias médicas.
Dos viajes bajo licencia y una absolución previa
El caso de Urrutia se originó por dos viajes al extranjero realizados mientras mantenía reposo médico.
En enero de 2020 viajó a Costa Rica para participar de una audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionada con una causa que había presentado contra el Estado chileno. Posteriormente, en junio de 2022, viajó a Ecuador, donde, según explicó durante la investigación, participó de un tratamiento complementario de medicina alternativa.
La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió en mayo sobreseerlo respecto del primer episodio y absolverlo por el segundo, fundamentalmente por considerar prescrita la posibilidad de aplicar una sanción disciplinaria.
La decisión, sin embargo, fue estrecha. En el caso del viaje a Ecuador, 14 ministros estuvieron por no sancionarlo y 13 sostuvieron una posición distinta. Aunque no aplicó una medida disciplinaria, el tribunal calificó las conductas como reprochables desde el punto de vista de los deberes asociados al cargo.
Ese resultado no impidió posteriormente que la Corte Suprema incluyera al magistrado entre los jueces sometidos a un cuaderno de remoción.
La diferencia se explica porque el procedimiento que ahora debe resolver el máximo tribunal no consiste simplemente en volver a imponer una sanción por el mismo sumario.
El artículo 80 de la Constitución establece que los jueces permanecen en sus cargos mientras mantengan “buen comportamiento” y faculta a la Corte Suprema para acordar su remoción, de oficio o a petición de quienes la norma señala, después de recibir el informe del magistrado involucrado y de la Corte de Apelaciones correspondiente.
Será dentro de ese mecanismo constitucional donde deberá analizarse ahora la situación de Urrutia.
Decenas de jueces ante la Suprema
El caso del magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía forma parte de un procedimiento mucho más amplio dentro del Poder Judicial.
En junio, la Corte Suprema comunicó inicialmente la apertura de 56 cuadernos de remoción relacionados con viajes al extranjero durante períodos de licencia médica. Informaciones posteriores de La Tercera señalan que la tabla preparada para septiembre contiene 57 expedientes, que comenzarán a ser revisados mediante plenos extraordinarios.
La controversia también llegó de manera colectiva al Tribunal Constitucional.
Según una revisión de La Tercera, al menos 18 magistrados han presentado requerimientos ante esa instancia buscando cuestionar distintas normas vinculadas con sus procedimientos. Varios no lograron superar las etapas iniciales de admisión o admisibilidad.
Urrutia se encuentra entre ellos.
Hasta ahora, uno de los casos que ha seguido un camino diferente es el del juez Jorge Saavedra. Su requerimiento avanzó parcialmente y el TC suspendió temporalmente su cuaderno de remoción mientras resuelve el cuestionamiento presentado respecto de una disposición específica del auto acordado que regula estos procesos.
La decisión respecto de Urrutia, en cambio, permite que su expediente continúe ante la Corte Suprema.
El resultado de esa revisión sigue abierto. Los ministros deberán examinar sus antecedentes, escuchar los argumentos correspondientes y determinar si las conductas analizadas resultan compatibles con el estándar constitucional de permanencia de los jueces.
Por lo mismo, la resolución del Tribunal Constitucional de esta semana no constituye una remoción ni anticipa necesariamente cuál será la determinación final de la Suprema. Sí elimina, por ahora, uno de los caminos judiciales con los que la defensa del magistrado buscaba detener el procedimiento antes de que el máximo tribunal discutiera su permanencia.
Foto: Carlos Figueroa Rojas / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0