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SII extiende plazo para que municipios exijan inicio de actividades a feriantes

La medida permitirá que las municipalidades otorguen o renueven permisos y patentes de ferias libres sin exigir la acreditación del inicio de actividades hasta el 31 de diciembre de 2026. El objetivo es facilitar la incorporación de comerciantes al nuevo régimen tributario especial.

El Carrerino
El Carrerino El Carrerino · 16 de Junio de 2026 · 2 min de lectura · 38 visitas
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SII extiende plazo para que municipios exijan inicio de actividades a feriantes Imagen referencial. Foto: Jorgebarrios / Wikimedia Commons.

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El Servicio de Impuestos Internos extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo durante el cual las municipalidades estarán eximidas de exigir la acreditación del inicio de actividades para otorgar o renovar permisos y patentes a contribuyentes de ferias libres.

Según informó el SII⁠, la medida fue establecida mediante la Resolución N°79, del 11 de junio de 2026, y busca facilitar la incorporación de los comerciantes al Régimen de Tributación Especial creado para ferias libres.

Este régimen permite a los feriantes acogerse a un impuesto sustitutivo de 1,5% sobre las ventas realizadas mediante medios electrónicos autorizados, en lugar del 19% habitual del IVA. Además, quienes ingresen al sistema quedan liberados de presentar declaraciones de IVA y de llevar contabilidad.

De acuerdo con el SII, la extensión del plazo permitirá que los municipios otorguen o renueven permisos y patentes sin exigir la acreditación del inicio de actividades hasta fin de año, favoreciendo una regularización gradual de los comerciantes.

El director del Servicio, Jorge Trujillo, señaló que el objetivo es facilitar el proceso para los actores involucrados y recoger las inquietudes planteadas por asociaciones de feriantes y municipalidades durante las instancias de coordinación desarrolladas con el organismo.

Cómo funciona el nuevo régimen

El Régimen de Tributación Especial para ferias libres está vigente desde enero de 2026 y aplica a personas naturales dedicadas a la venta de bienes en ferias libres.

Según la página especial del SII sobre Ferias LibresAttachment.tiff, los comerciantes pueden registrarse para acceder a una tasa preferencial de 1,5% sobre las ventas realizadas con medios electrónicos autorizados.

La Biblioteca del Congreso NacionalAttachment.tiff explica que los operadores de medios de pago electrónico actúan como agentes retenedores del impuesto, por lo que retienen, declaran y pagan mensualmente el tributo correspondiente.

Para acceder al régimen, los feriantes deben contar con permiso o patente municipal, haber iniciado actividades ante el SII con el giro correspondiente, realizar sus ventas mediante medios electrónicos autorizados e inscribirse en el Registro de Ferias Libres.

De acuerdo con el SII, a nivel nacional ya se han inscrito 21.372 contribuyentes en este régimen.

La medida resulta relevante para comerciantes y municipios, ya que entrega más tiempo para adecuarse a las nuevas exigencias sin impedir la renovación o entrega de permisos municipales durante el proceso de regularización.

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