La carta “Capacidad disuasiva del país”, suscrita por Francisco Vidal, Mario Desbordes, José Goñi, Jaime Ravinet, Jorge Burgos y Alberto Espina, cuestiona la postergación de los recursos contemplados para las capacidades estratégicas de la Defensa y sostiene que el contexto regional no permite considerar esos fondos como una variable ordinaria de ajuste fiscal. Los autores mencionan los programas de adquisiciones militares de Perú y Argentina y las recientes declaraciones provenientes de Buenos Aires sobre el extremo austral.
El debate tiene dos dimensiones relacionadas, pero distintas. Una corresponde al sistema mediante el cual Chile financia la inversión y sostenimiento de sus capacidades estratégicas. La otra se refiere al escenario geopolítico en que esas capacidades deben operar.
Del cobre a un sistema plurianual
La Ley N.º 21.174, aprobada por el Congreso después de que el Presidente Sebastián Piñera le pusiera urgencia en 2019 y promulgada ese mismo año, está vigente desde enero de 2020. La norma derogó la Ley N.º 13.196, conocida como Ley Reservada del Cobre, y estableció un nuevo mecanismo de financiamiento para las capacidades estratégicas de la Defensa Nacional, incorporado al sistema presupuestario del Estado.
El nuevo régimen contempla un Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas de la Defensa y un Fondo de Contingencia Estratégico. La legislación establece una planificación de inversiones a cuatro años destinada a financiar material bélico, infraestructura asociada y los gastos de sostenimiento correspondientes.
La modificación reemplazó el mecanismo extrapresupuestario asociado a los ingresos de Codelco por un sistema de planificación plurianual. La diferencia tiene consecuencias sobre la forma en que se programan adquisiciones, mantenimiento, infraestructura, municiones, entrenamiento y renovación tecnológica.
La preocupación expresada por los exministros se concentra en la ejecución de ese sistema. La carta sostiene que la postergación reiterada de los fondos previstos por la Ley 21.174 afecta la continuidad de las capacidades estratégicas en un momento en que los países vecinos mantienen programas de adquisición y modernización militar.
Menor peso relativo del gasto militar
El financiamiento de las capacidades estratégicas forma parte de una evolución más extensa del gasto de Defensa.
La serie histórica habitualmente utilizada para Chile sitúa el gasto militar en torno al 2,9% del PIB en 1990, mientras que en los últimos años se ha ubicado alrededor del 1,5%. Las series internacionales pueden experimentar revisiones metodológicas, por lo que la comparación debe entenderse como referencia de tendencia.
La diferencia muestra una reducción sustantiva del peso relativo de la Defensa dentro de la economía nacional desde el inicio de la transición democrática. Ese descenso no permite por sí solo determinar la suficiencia de las capacidades militares, pero adquiere otra dimensión cuando se observa simultáneamente la evolución de los países limítrofes.
Perú y Argentina han iniciado procesos relevantes de renovación y recuperación de capacidades militares. En Perú, durante 2026 se autorizó una transferencia de S/ 1.137 millones para financiar parcialmente un proyecto destinado a recuperar la capacidad de control aeroespacial y operaciones con aviones de combate de alto rendimiento de la Fuerza Aérea. La operación forma parte de un proyecto cuyo financiamiento total contempla una operación de endeudamiento interno por S/ 7.580 millones.
Argentina, por su parte, puso en marcha en mayo de 2026 el Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino (ARMA), mediante el cual el Gobierno estableció nuevas fuentes de financiamiento para el reequipamiento, la modernización y la infraestructura estratégica de las Fuerzas Armadas. El programa contempla destinar parte de los recursos provenientes de la venta, alquiler o privatización de bienes estatales al reequipamiento militar y establece mecanismos adicionales para reinvertir recursos generados por activos de las propias Fuerzas Armadas.
El proceso argentino incluye además la incorporación de 24 aviones F-16, junto con aeronaves de patrulla marítima, helicópteros, radares, vehículos blindados y sistemas de artillería. El propio Gobierno argentino ha presentado estas adquisiciones como parte de un proceso de recuperación de capacidades militares.
El contraste es relevante para Chile. Mientras el gasto militar chileno representa actualmente una proporción del PIB sustancialmente menor que la registrada a comienzos de la década de 1990, los dos países limítrofes con los que Chile mantiene los principales antecedentes de controversias territoriales han destinado recursos a recuperar o ampliar capacidades militares específicas.
La situación no implica que exista una carrera armamentista regional ni permite establecer por sí sola una relación entre las adquisiciones de Perú y Argentina y una amenaza inmediata para Chile. Sí configura un entorno regional de modernización de capacidades militares que forma parte del contexto en que deben evaluarse las postergaciones de los recursos contemplados por la Ley N.º 21.174.
La carta de los seis exministros de Defensa se refiere precisamente a este escenario al mencionar las adquisiciones de países vecinos junto con las dificultades para asegurar el financiamiento de las capacidades estratégicas chilenas.
El Estrecho y el marco jurídico
La controversia actual tiene antecedentes que se remontan al siglo XIX.
El Tratado de Límites de 1881 estableció el marco fundamental de la frontera entre Chile y Argentina e incorporó disposiciones específicas respecto del Estrecho de Magallanes.
La relación bilateral volvió a experimentar una crisis territorial de gran magnitud durante la disputa del Beagle. En 1978, ambos países estuvieron al borde de un conflicto armado por las diferencias relativas a las islas Picton, Nueva y Lennox y la delimitación marítima. La mediación de la Santa Sede condujo finalmente al Tratado de Paz y Amistad de 1984, que estableció nuevas delimitaciones en el extremo austral y mecanismos para la solución pacífica de controversias.
Por ello, una eventual controversia internacional sobre un territorio o espacio marítimo podría llegar a una instancia jurisdiccional, pero la jurisprudencia que se genere en ese proceso no constituye por sí misma el título territorial. Su relevancia estaría en la interpretación de los instrumentos jurídicos, la conducta de los Estados y las reglas de derecho aplicables en una eventual demanda territorial de Argentina contra nuestro país.
Los litigios de Chile ante la Corte Internacional de Justicia con Perú y Bolivia muestran que una controversia puede pasar desde la esfera diplomática a un procedimiento jurisdiccional. En ambos casos, los tratados, la práctica estatal, los actos posteriores de los gobiernos y la interpretación judicial tuvieron relevancia.
En el caso argentino existe una historia convencional mucho más extensa, que incluye el Tratado de 1881, el Protocolo de 1893 y el Tratado de 1984.
De 1881 a la controversia de 2026
1881 — Tratado de Límites
Chile y Argentina suscriben el Tratado de Límites que establece el marco principal de la frontera austral.
1893 — Protocolo adicional
El Protocolo Adicional y Aclaratorio complementa el régimen de 1881 y adquiere posteriormente relevancia en las discusiones relativas a la proyección oceánica de ambos países.
1978 — Crisis del Beagle
La controversia territorial alcanza su punto más crítico. La mediación papal evita un enfrentamiento armado y conduce al proceso que terminará con el acuerdo de 1984.
1984 — Tratado de Paz y Amistad
Chile y Argentina suscriben el tratado que pone término a la controversia del Beagle y establece un nuevo régimen de delimitación en el extremo austral.
2021 — Directiva argentina de Defensa
El Decreto 457/2021, correspondiente a la Directiva de Política de Defensa Nacional argentina, incorpora referencias al extremo austral que posteriormente serán cuestionadas por Chile por su tratamiento del Estrecho como un espacio de interés compartido.
Junio de 2024 — Los paneles solares en territorio chileno
Argentina instaló paneles solares de un puesto de vigilancia aproximadamente tres metros dentro de territorio chileno, en la zona del Hito 1, Tierra del Fuego. Tras el reclamo de Chile, Argentina reconoció el error y retiró los paneles el 18 de junio.
Marzo de 2025 — Anuncio de derogación
Argentina anuncia la derogación del decreto de 2021. Sin embargo, durante 2026 volverá a discutirse la situación del instrumento y de la terminología utilizada respecto del extremo austral.
Agosto de 2026: la controversia vuelve al escenario
El 23 de agosto, el brigadier general Gustavo Javier Valverde, jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, se refiere públicamente a Magallanes, el sur y el Paso Drake como espacios de soberanía argentina y plantea la necesidad de mantener presencia en la zona, a la que caracteriza como una “llave bioceánica” entre el Atlántico y el Pacífico.
La declaración genera una reacción inmediata en Chile. El 24 de agosto, el Gobierno anuncia una nota formal de protesta.
El 25 de agosto, la Cancillería argentina precisa oficialmente que su posición sobre el Estrecho se encuentra determinada por los instrumentos bilaterales y los considera plenamente vigentes y definitivos. El mismo pronunciamiento sitúa la política argentina hacia el extremo austral dentro de un marco más amplio relacionado con Malvinas, el Atlántico Sur y la Antártica.
La precisión oficial argentina limita el alcance de las declaraciones del jefe militar, pero no elimina el antecedente. La referencia a la condición estratégica del extremo austral aparece posteriormente en otras declaraciones de autoridades argentinas.
Septiembre: presencia militar y negociación presidencial
Entre el 1 y el 3 de septiembre, el Presidente José Antonio Kast se traslada a Magallanes y participa en actividades militares en el Estrecho. A bordo de la fragata Prat observa operaciones con participación de unidades de superficie, submarinos, aviación naval e Infantería de Marina.
El 3 de septiembre, Kast y Javier Milei se reúnen en Santiago y emiten una declaración conjunta que reafirma el marco bilateral aplicable al Estrecho y la soberanía chilena sobre este.
La situación del decreto argentino de 2021, sin embargo, permanece como un asunto pendiente. Kast había señalado antes del encuentro que no consideraba razonable exigir al presidente argentino que firmara en Chile su derogación.
El 4 y 5 de septiembre, el canciller argentino Pablo Quirno vuelve a introducir el concepto de Argentina como país “bicontinental y bioceánico”. Posteriormente explica que su referencia apuntaba al fortalecimiento de la presencia argentina en el Atlántico Sur hacia la Antártica y reafirma el compromiso de Buenos Aires con los acuerdos bilaterales.
El 5 de septiembre, Patricia Bullrich menciona el “control del Atlántico Sur, del Estrecho de Magallanes, de la llegada a la Antártida” al referirse a objetivos estratégicos argentinos. Al día siguiente comunica al embajador chileno que se trató de una confusión y que en realidad se refería al Canal Beagle; reconoce expresamente que el Estrecho pertenece a Chile.
El 6 de septiembre, El Mercurio publica la carta de los seis exministros de Defensa. La misiva vincula las postergaciones de recursos de la Ley 21.174 con el escenario regional y menciona específicamente las adquisiciones militares de Perú y Argentina, la situación del Estrecho y la condición “bioceánica” invocada por el canciller argentino.
El 7 de septiembre, Kast aborda nuevamente el asunto en ADN Radio. Señala que espera que el cuestionado decreto argentino sea corregido y mantiene su posición respecto de que no correspondía exigir a Milei que firmara su derogación en Chile.
¿Una estrategia argentina en construcción?
La sucesión de hechos permite plantear una hipótesis que, por ahora, no puede presentarse como un hecho acreditado: que Argentina esté construyendo progresivamente una posición política y argumental destinada a fortalecer una futura discusión sobre el Estrecho de Magallanes, su condición bioceánica y la proyección hacia la Antártica.
No existe, hasta ahora, evidencia pública suficiente para afirmar que el Gobierno argentino esté preparando una demanda internacional sobre el Estrecho. Tampoco las declaraciones de sus autoridades permiten concluir por sí solas que exista una decisión de modificar formalmente la posición reconocida en los acuerdos bilaterales, aunque existen antecedentes que justifican observar la evolución de esa política, principalmente el decreto de 2021, el que podría ser interpretado como una derogación delos tratados vigentes al este respecto por parte de Argentina.
Tomados individualmente, estos episodios tienen explicaciones distintas y algunos fueron posteriormente corregidos. Considerados como una secuencia, permiten analizar la posibilidad de que Buenos Aires esté reforzando los elementos políticos, estratégicos y discursivos de su posición austral.
La eventual utilización futura de esos antecedentes en una controversia jurídica es otra cuestión. Para llegar a una instancia judicial sería necesario un procedimiento que estableciera la competencia del tribunal correspondiente y una controversia formalmente planteada. La jurisprudencia que pudiera generarse tendría entonces carácter auxiliar en la determinación de las reglas aplicables, conforme al artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
Magallanes, Atlántico Sur y Antártica
La política argentina hacia el extremo austral tiene una dimensión que excede la cuestión específica del Estrecho.
Argentina mantiene una reclamación territorial sobre un sector de la Antártica comprendido entre los meridianos 25° y 74° Oeste, al sur del paralelo 60°. Esa reclamación se superpone parcialmente con la chilena y con la británica. La propia Cancillería argentina reconoce que la delimitación de las reclamaciones chilena y argentina en el área superpuesta permanece pendiente.
El régimen jurídico antártico es distinto del aplicable al Estrecho. El artículo IV del Tratado Antártico mantiene a salvo las posiciones existentes sobre soberanía y establece que, mientras el tratado permanezca vigente, no podrán formularse nuevas reclamaciones ni ampliarse las existentes.
La cuestión antártica, por tanto, no constituye jurídicamente una extensión de la controversia de Magallanes. Sí forma parte del mismo espacio estratégico que Argentina ha comenzado a presentar de manera integrada: Tierra del Fuego, Atlántico Sur, rutas australes y acceso a la Antártica.
Presencia territorial y Carretera Austral
La dimensión territorial tampoco se reduce a la actividad militar.
Durante el gobierno de Augusto Pinochet comenzó la construcción sistemática de la Carretera Austral, infraestructura que modificó la conectividad de la Patagonia chilena y redujo la dependencia de rutas argentinas para el desplazamiento entre sectores del territorio nacional.
La literatura académica ha documentado que la obra fue concebida durante ese período como instrumento de integración territorial, poblamiento y presencia estatal. El trazado permitió conectar localidades anteriormente aisladas y fue asociado a objetivos de soberanía, defensa y desarrollo de la zona austral.
La infraestructura constituye, en este sentido, un componente de la presencia efectiva del Estado en territorios de difícil acceso. La conectividad, el poblamiento, los servicios públicos y la capacidad de desplazamiento de las instituciones estatales complementan la dimensión jurídica y militar de la soberanía.
En 2026, esos elementos vuelven a aparecer simultáneamente en la discusión sobre el extremo austral. Argentina desarrolla infraestructura estratégica en Ushuaia y refuerza su discurso sobre el Atlántico Sur y la Antártica, mientras en Chile se discute el financiamiento de las capacidades estratégicas de Defensa y sectores políticos plantean incluso la convocatoria del COSENA.
La situación jurídica del Estrecho no ha sido modificada por las declaraciones registradas durante estas semanas. Lo que sí ha cambiado es el nivel de atención política y estratégica sobre el espacio austral.
La secuencia iniciada en agosto —declaraciones de autoridades argentinas, protesta chilena, precisiones de Buenos Aires, ejercicios militares en Magallanes, reunión presidencial, nuevas referencias al carácter bioceánico de Argentina y declaraciones posteriores sobre el Estrecho y la Antártica— constituye el antecedente inmediato de la discusión planteada ahora en Chile sobre capacidades de Defensa y seguridad nacional.