La instalación de los denominados “rucos” en calles, plazas y otros espacios públicos podría comenzar a tener consecuencias penales si avanza una iniciativa que esta semana dio un nuevo paso en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La Comisión de Gobierno Interior despachó a la Sala una indicación sustitutiva presentada por la diputada Claudia Mora (RN) a dos proyectos que se tramitan de manera refundida y que buscan regular la ocupación de bienes nacionales de uso público mediante estructuras precarias.
La propuesta contempla prisión en su grado medio a máximo o una multa de una a dos UTM para quien, sin autorización, levante, mantenga o utilice una instalación destinada a habitar o pernoctar en un bien nacional de uso público y esta obstaculice la libre circulación. En caso de reincidencia, el texto eleva la respuesta penal.
La iniciativa, sin embargo, todavía no es ley. Los proyectos correspondientes a los boletines 18.329-06 y 18.349-06 continúan en su primer trámite constitucional y ahora deberán seguir su discusión en la Cámara. La Comisión ya había aprobado en general las mociones refundidas el 4 de agosto, por 10 votos a favor y dos abstenciones.
Cuándo podrían aplicarse las sanciones
Uno de los principales cambios respecto de la propuesta originalmente presentada en junio es que el castigo no se aplicaría únicamente por instalar una carpa o una estructura precaria en la vía pública.
La indicación establece como condición que el Estado haya ofrecido previamente opciones de apoyo a la persona y que estas hayan sido rechazadas, o que, pese a haberlas aceptado, la persona continúe utilizando la instalación para ocupar el espacio público.
El texto considera como instalación precaria aquellas estructuras levantadas con materiales ligeros y fácilmente desmontables. Además, busca modificar el Código Procesal Penal para permitir que las policías puedan detener, citar y registrar a quienes sean sorprendidos cometiendo la conducta sancionada.
Para esos efectos, la propuesta contempla una figura de flagrancia que se mantendría mientras la persona continúe utilizando la carpa, ruco o estructura para ocupar el lugar, lo que amplía las posibilidades de intervención policial.
El proyecto original ingresado en junio era más amplio. Este planteaba directamente incorporar al Código Penal una figura que sancionaba con presidio menor en su grado mínimo, entre 61 y 540 días, a quienes ocuparan total o parcialmente espacios públicos para habitarlos o pernoctar mediante estructuras que impidieran o dificultaran su utilización por parte de la comunidad.
La discusión posterior en la comisión llevó a modificar esa fórmula y a incorporar como requisito previo una respuesta estatal para la persona involucrada.
Espacio público versus situación de calle
El debate legislativo no se ha limitado a la aplicación de multas o penas.
Desde junio, la Comisión de Gobierno Interior ha recibido a autoridades municipales y organismos públicos para analizar las consecuencias de los rucos en calles, parques y plazas. En una de las sesiones fueron convocados alcaldes y representantes municipales para abordar problemas asociados a inseguridad, insalubridad e incivilidades en estos espacios.
Posteriormente, la ministra de Desarrollo Social y Familia expuso ante la comisión sobre la situación de las personas que viven en la calle, los programas disponibles y el protocolo estatal utilizado para gestionar estas instalaciones. El proyecto también fue analizado desde la perspectiva de Justicia y de organizaciones vinculadas al trabajo con personas sin vivienda.
Los autores de la iniciativa han defendido la necesidad de recuperar espacios públicos que, a su juicio, han quedado inutilizados para vecinos debido a la instalación permanente de estructuras.
Al presentar el proyecto, Mora sostuvo que la propuesta respondía a requerimientos de comunidades afectadas por este fenómeno y vinculó algunos de estos espacios con problemas de seguridad e incivilidades. El diputado Felipe Ross, uno de los impulsores, señaló entonces que el objetivo no era sancionar la condición de calle en sí misma, sino determinadas formas de ocupación del espacio público.
Durante la discusión más reciente, en cambio, parlamentarios críticos de la medida cuestionaron que un problema relacionado con falta de vivienda y vulnerabilidad social termine trasladándose al ámbito penal.
Entre los reparos planteados aparecen el riesgo de “criminalizar la pobreza”, la posibilidad de que las cárceles reciban personas por una conducta originada en la situación de calle y las dudas sobre si una sanción penal resuelve efectivamente el problema de fondo.
La magnitud del fenómeno ha sido otro de los argumentos utilizados durante el debate. Al presentar las mociones en junio, sus impulsores citaron cifras atribuidas al Ministerio de Desarrollo Social según las cuales los registros de rucos habían pasado de 10.509 en 2017 a 21.272 en abril de 2024, un aumento de 102,4%.
Este año, además, el Gobierno inició un Catastro Nacional de Personas en Situación de Calle 2026, destinado a actualizar la caracterización de quienes viven en esta condición y orientar las políticas públicas. En su lanzamiento, el Ministerio de Desarrollo Social planteó que el desafío requiere combinar el ordenamiento de las comunas con alternativas de acompañamiento e inclusión.
El avance ocurrido esta semana deja, por ahora, una propuesta intermedia entre ambas visiones: introduce una sanción penal para determinadas ocupaciones del espacio público, pero condiciona su aplicación a que antes exista una alternativa ofrecida por el Estado.
La discusión continuará ahora en la Cámara. Solo después de completar su primer trámite constitucional, y eventualmente avanzar al Senado, podrá determinarse si esta fórmula termina incorporándose definitivamente a la legislación.
Foto: Carlos Figueroa Rojas / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0