Una pensión de gracia concedida a una persona reconocida como víctima de la crisis social fue revocada luego de que el Ministerio del Interior detectara contradicciones en los antecedentes utilizados para justificar el beneficio.
Se trata de Cristián Mauricio Aróstica Quispe, quien recibió la pensión después de denunciar que había perdido la visión de su ojo izquierdo debido a una golpiza de funcionarios policiales durante una manifestación realizada en Copiapó, el 24 de noviembre de 2019.
El decreto exento 1.555, fechado el 27 de octubre de 2025 y cuya tramitación terminó el 12 de enero de 2026, dejó sin efecto el beneficio. La decisión fue adoptada luego de revisar un informe médico que entregaba una versión diferente sobre el origen de la lesión.
Según antecedentes obtenidos por Ex-Ante mediante solicitudes de Transparencia, Aróstica alcanzó a recibir $24.872.836. La pensión había sido concedida durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera y su monto fue posteriormente aumentado bajo la administración de Gabriel Boric.
La Tesorería General de la República realizó un último depósito de $347.434 el 16 de enero de 2026, cuatro días después de finalizar la tramitación de la revocación. Los antecedentes publicados no aclaran si este pago respondió a un desfase administrativo ni si el Estado buscará recuperar parte o la totalidad del dinero entregado.
Dos versiones sobre el origen de la lesión
El Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó en febrero de 2020 una querella contra quienes resultaran responsables de las supuestas torturas sufridas por Aróstica.
De acuerdo con el relato incorporado en esa acción judicial, el hombre participaba pacíficamente en una manifestación en el centro de Copiapó cuando fue interceptado por personas vestidas de civil. Según esa versión, fue golpeado reiteradamente y posteriormente trasladado hasta el Hospital Regional de Copiapó.
Sin embargo, el informe de un médico residente de una clínica de Atacama, fechado el 30 de noviembre de 2019, consignó otro relato. En esa atención, el paciente habría señalado que recibió el impacto de un objeto contundente que atravesó el vidrio de su automóvil mientras era asaltado en la vía pública.
Interior consideró que esa declaración médica se contradecía con los antecedentes presentados posteriormente ante el INDH. La diferencia resultó determinante para concluir que dejaron de cumplirse las condiciones que habían permitido conceder la pensión.
Consultado por Ex-Ante, el INDH sostuvo que, al acreditar la calidad de víctima, evaluó un conjunto de antecedentes médicos y judiciales. Entre ellos se encontraba un informe elaborado por el Servicio Médico Legal bajo el Protocolo de Estambul, el cual permitía acreditar la existencia de las lesiones.
Ese antecedente confirma el daño sufrido, pero la controversia se concentra en las circunstancias en que ocurrió y en la eventual participación de agentes estatales.

La causa se cerró, pero la pensión siguió vigente
La investigación penal por la supuesta agresión policial fue cerrada en septiembre de 2023, después de que el Ministerio Público comunicara su decisión de no perseverar. El INDH se opuso a esa salida, pero la Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la resolución adoptada en primera instancia.
El cierre de la investigación no equivale a una condena por fraude contra Aróstica ni constituye, por sí solo, una sentencia que establezca que la denuncia fue falsa. Significa que la Fiscalía decidió no continuar con la persecución penal por la supuesta agresión policial.
Pese al cierre judicial, la pensión permaneció vigente durante más de dos años. La revocación fue dictada en octubre de 2025 y terminó de tramitarse en enero de 2026, poco antes del cambio de mando.
Hasta ahora no se han conocido antecedentes que indiquen que Aróstica haya sido formalizado por la eventual obtención fraudulenta del beneficio. Tampoco existe información pública que permita establecer si el caso fue remitido al Consejo de Defensa del Estado o al Ministerio Público para evaluar acciones destinadas a recuperar los recursos.
Los controles y las cifras pendientes
Las pensiones de gracia se encuentran reguladas por la Ley 18.056. Su otorgamiento corresponde al Presidente de la República, mediante un decreto fundado y con la asesoría de una comisión especial.
En el procedimiento creado para las personas afectadas durante el estallido social, el INDH participaba acreditando la calidad de víctima. Los expedientes eran posteriormente evaluados por el Departamento de Acción Social de la Subsecretaría del Interior y por la comisión asesora. El INDH, por lo tanto, no concedía directamente las pensiones.
Un informe del Consejo para la Transparencia advirtió problemas en la forma en que se publicaba la información sobre estos beneficios. El organismo detectó que no existía un criterio unificado para identificar los actos administrativos y que, en parte de la muestra examinada, no era posible conocer claramente el fundamento utilizado para conceder la pensión.
El mismo documento contabilizó 419 pensiones relacionadas con el estallido social: 418 entregadas en 2022 y una en 2023. Esa cifra difiere de los 418 beneficios mencionados en publicaciones periodísticas posteriores, una diferencia que requiere ser aclarada mediante un registro oficial actualizado que incluya las revocaciones.
El caso de Aróstica vuelve a poner el foco en los controles aplicados para entregar y mantener estos aportes. También deja abiertas preguntas sobre la demora de la revocación, el pago realizado después de su tramitación y la posibilidad de que el Estado solicite la restitución de los fondos entregados.
Foto: Marcellablues / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0.